SCJ AMPLÍA CONSULTA PÚBLICA INTERNACIONAL PARA DEFINIR LAS NORMAS TÉCNICAS DE MÁQUINAS DE AZAR
La Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ) incorporó hoy en su Consulta Pública Internacional de las Normas Técnicas para Máquinas de Azar, tres nuevas áreas referidas a Sistemas de Monitoreo, Estándares de Ticket In Ticket Out (TITO), y Sistemas de Jackpot. Desde hoy, el mercado de laboratorios certificadores y de fabricantes de máquinas de azar, al igual que las 15 nuevas sociedades operadoras, podrán conocer, efectuar consultas y/o formular opiniones técnicas respecto de los requisitos específicos establecidos por la Superintendencia para las tres nuevas materias, dado que una vez cerrada la Consulta Pública Internacional se informará cuáles serán exigidos en definitiva a las sociedades operadoras para el correcto funcionamiento de las máquinas de azar que serán explotadas y así garantizar la fe pública a través del cumplimiento de estándares internacionales de calidad y seguridad.
Francisco Javier Leiva, Superintendente de Casinos de Juego, señaló que “el objetivo de las normas técnicas es establecer todos los requerimientos y controles necesarios, de manera de asegurar a los usuarios de los casinos de juego que las máquinas de azar son justas, seguras, confiables y auditables por el organismo regulador y fiscalizador. Por ello, una vez que concluya esta consulta pública internacional, todas las personas podrán informarse cómo deben funcionar las máquinas de azar de los quince nuevos casinos de juego, qué porcentaje de premio deben entregar y cómo son fiscalizadas por la Superintendencia”.
Las Normas sobre Sistemas de Monitoreo establecen las exigencias técnicas que deberán ser cumplidas por la administración de cada nuevo casino de juego en cuanto al monitoreo sistemático de la operación de cada máquina de azar, ya que su cumplimiento será exigido por la Superintendencia con fines de fiscalización. Para su posterior transmisión electrónica, el Sistema de Monitoreo deberá identificar cada máquina de azar conforme a protocolos de seguridad, y mantenerse conectado en red con el servidor central de la administración del casino, en orden a contar con la capacidad requerida para recolectar, almacenar y transmitir la información sobre el registro de las aperturas y movimientos como, asimismo, los informes acerca del funcionamiento general que caracteriza a cada máquina de azar.
Las Normas sobre Estándares de Ticket In Ticket Out (TITO) definen los requerimientos centrales del sistema de emisión de boletos o tickets entrantes y salientes de las máquinas de azar; los mecanismos y protocolos de comunicación entre el sistema de emisión de boletos y la máquina; el almacenamiento de información; los mecanismos de seguridad para evitar la modificación de los datos y el formato de los tickets; y las exigencias para que las máquinas de azar validen los boletos con el objetivo de impedir que se generen situaciones de desventaja para los usuarios de la máquinas de azar a través de anulaciones de los boletos, o para el casino de juego mediante duplicaciones, copia o reproducciones de los mismos.
Las Normas sobre Estándares de Sistemas de Jackpot especifican las tres categorías de premios progresivos, los cuales son generados por la acumulación de un pozo adicional al ofrecido por la máquina de azar en la que se juega, el cual se acumula en la misma máquina o en un conjunto de ellas y de acuerdo a un porcentaje establecido de cada apuesta efectuada. Las normas resguardan la igualdad de condiciones entre los jugadores participantes y el casino de juego, a través de la aleatoriedad de los resultados que se deberá basar en programas de generación de números al azar para asegurar que terceros no intervengan los resultados de las máquinas de juego. Cabe recordar que la Superintendencia ya estableció que para garantizar la fe pública las máquinas de azar deberán entregar un porcentaje de premio esperado para el jugador no inferior al 85%, es decir, en el 85% del total de combinaciones de jugadas posibles se deberá otorgar premio al jugador, y tanto el hardware como el software deberán ser objeto de certificación por parte de laboratorios internacionales.
Además de la aleatoriedad de los resultados, las Normas sobre Estándares de Sistemas de Jackpot indican que en cada máquina de azar tanto el nombre del juego, como las combinaciones ganadoras y sus reglas, deberán ser comprensibles y estar disponibles a través de recursos audiovisuales, excluyendo siempre todo material que pueda ser ofensivo para el público en general. Para garantizar su correcto funcionamiento según las normas aplicables, las máquinas de azar también deberán utilizar un software que cuente con la funcionalidad de registrar sistemáticamente toda la información sobre su operación, e incluir la capacidad para detectar los errores que surjan en cada proceso. Adicionalmente, se norman los sistemas de seguridad exigibles para impedir que la memoria de cada máquina de azar pueda ser intencional o accidentalmente eliminada, ya que la memoria deberá registrar datos tales como los de ingreso y egreso de monedas y billetes, y la cantidad de jugadas y apuestas efectuadas.
Las tres nuevas áreas incorporadas a la Consulta Pública Internacional de las Normas Técnicas para Máquinas de Azar relativas a Sistemas de Monitoreo, Estándares de Ticket In Ticket Out (TITO) y Sistemas de Jackpot, a través del sitio web -www.scj.cl- serán sometidas a las opiniones técnicas que puedan efectuar laboratorios certificadores y de fabricantes de máquinas de azar, al igual que a las 15 nuevas sociedades operadoras hasta el 11 de noviembre próximo. La ampliación informada hoy complementa la primera parte de la Consulta Pública Internacional que para el mismo público objetivo dispuso la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ) del 20 de septiembre hasta el próximo 19 de octubre, la cual entre otros aspectos se refiere al porcentaje de premio esperado para el jugador no inferior al 85%, a la certificación en laboratorios internacionales del cumplimiento estricto de las especificaciones de hardware y software establecidas por el organismo, a las modalidades posibles de acceso humano permitido a los componentes internos de cada máquina, y a las formas de auditoría de las mismas.