CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO RECHAZA PETICIÓN DE SANCIONES CONTRA SUPERINTENDENTE DE CASINOS DE JUEGO

La Corte de Apelaciones de Santiago emitió hoy tres pronunciamientos planteando que “atendido el mérito de los antecedentes y al informe” adjuntado por el organismo regulador, “no ha lugar a la solicitud de sanciones formulada” el lunes 13 de febrero pasado por Thunderbird IEG S.A. (Algarrobo), Thunderbird Rancagua S.A. y Thunderbird Talca S.A. Las resoluciones de la Corte de Apelaciones rechazan las solicitudes de sanción presentadas el lunes 13 de febrero pasado contra el Superintendente Francisco Javier Leiva, y validan lo actuado e informado a la Corte por la SCJ el 18 de enero en cuanto a que el Proceso 2005-2006 continúa normalmente en las regiones Segunda, Tercera, Octava, Novena, Décima, Undécima y Duodécima debido a la inexistencia de órdenes de no innovar. Por su parte, en el caso de las regiones Quinta, Sexta y Séptima, las órdenes de no innovar vigentes para las comunas de Rancagua, Talca y Algarrobo, sólo suspenden el plazo legal de la Etapa de Precalificación y Evaluación y, una vez que se encuentren ejecutoriadas las sentencias respectivas, la SCJ procederá a dar curso a los 125 días que faltan para finalizar la Etapa Precalificación y Evaluación.

Dado que las sociedades recurrentes ya hicieron uso de su derecho a suspender los alegatos el 27 de enero pasado, la vista del fondo de los recursos que permitirá resolver la controversia judicial a petición de la SCJ ocurrirá el próximo jueves 2 de marzo en la 7� Sala de la Corte de Apelaciones. Cuatro son los recursos de protección en trámite, ya que inicialmente las recurrentes eran las seis sociedades excluidas por incumplimiento del pago del 50% del capital social al momento de su constitución. En efecto, el lunes 13 de febrero pasado, Thunderbird Concepción S.A. y Thunderbird Temuco S.A. se desistieron de sus recursos de protección ante la Corte de Apelaciones, después de haber retirado el 10 de febrero 2,7 millones de dólares correspondientes a las boletas de garantía bancaria y a los depósitos de 1.000 UTM. Con dichas devoluciones, la SCJ comenzó a hacer efectiva su resolución del 1 de septiembre de 2005, restando únicamente la entrega de cerca de 8,3 millones de dólares a Thunderbird Antofagasta S.A., Thunderbird IEG S.A. (Algarrobo), Thunderbird Rancagua S.A. y Thunderbird Talca S.A.