CORTE DE APELACIONES SUSPENDIÓ LA MEDIDA PRECAUTORIA QUE PARALIZÓ EL PROCESO EN LA QUINTA REGIÓN

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió la orden de no innovar solicitada por la Superintendencia para suspender la medida precautoria que fue dictada por el Sexto Juzgado Civil de Santiago el 27 de octubre pasado a petición de Thundebird IEG S.A. (Algarrobo). La medida precautoria mantenía paralizado el Proceso de Otorgamiento de Permisos de Operación en la Quinta Región, en el marco de la tramitación de la demanda de nulidad de derecho público que se tramita en el Sexto Juzgado Civil desde el 18 de julio de 2006.

La orden de no innovar decretada hoy por la Corte de Apelaciones de Santiago, suspendió la medida precautoria solicitada por Thundebird IEG S.A. y, con ello, se reanuda el cómputo de los plazos legales que corresponden a las etapas de Precalificación y Evaluación y de Resolución.

Conforme al artículo 30 del Decreto Supremo N° 211 de 2005 del Ministerio de Hacienda, el Superintendente debe presentar ante el Consejo Resolutivo informes respecto de todos los proyectos, con una propuesta de asignación de permisos de operación por región que debe ser elaborada sobre la base de aquellos proyectos que hayan obtenido al menos 1.200 puntos como resultado de la evaluación técnica. 

A partir de ese momento, el Consejo Resolutivo, único órgano que ejerce legalmente las atribuciones exclusivas de otorgar, denegar, revocar y renovar permisos de operación en el país, cuenta con un periodo legal máximo de 60 días corridos para resolver el máximo de dos permisos de operación adjudicables en la Quinta Región. 

Una vez concluido el plazo máximo legal, el Superintendente Francisco Javier Leiva entregará a la Subsecretaria de Hacienda, María Olivia Recart, en su condición de presidenta del Consejo Resolutivo, los dos informes de evaluación de los proyectos postulantes en las comunas de San Antonio y de Rinconada de Los Andes. 

Además de su presidenta, los integrantes del Consejo Resolutivo son Claudia Serrano, Subsecretaria de Desarrollo Regional; y los consejeros ratificados por unanimidad por el Senado en 2005, Ernesto Livacic y Ernesto R. Fontaine; Alberto Etchegaray, Superintendente de Valores y Seguros; y los intendentes de las regiones respecto de las cuales se adoptan decisiones de otorgamiento o denegación de permisos de operación. 

El quórum para efectuar las sesiones es de cinco consejeros, y los acuerdos se adoptan por la mayoría de sus miembros y, de acuerdo con lo establecido en Decreto Supremo N° 211, tanto los informes de precalificación de sociedades, los informes de evaluación de los proyectos, y los expedientes que se conforman por cada solicitud de permiso de operación, pasan a ser de carácter público una vez que el Consejo Resolutivo determine el otorgamiento de permisos de operación como órgano colegiado.

Cabe recordar que el proceso de otorgamiento de permisos de operación para las regiones Quinta, Sexta y Séptima se reinició el 1 de junio pasado, luego que la Corte Suprema rechazara los recursos de protección interpuestos por cuatro sociedades del grupo Thunderbird, acogiendo la postura jurídica de la Superintendencia y validando las decisiones administrativas adoptadas por el organismo regulador el 1 de septiembre de 2005. En el caso de las regiones Sexta y Séptima, el Consejo Resolutivo tiene como plazo máximo legal el 1 de enero de 2007 para decidir cuáles son los proyectos que postulan en dichas regiones que obtendrán un permiso de operación por un periodo de 15 años.