SCJ INFORMA PLAZOS MÁXIMOS LEGALES PARA LA EMISIÓN DE INFORMES EN ETAPA DE EVALUACIÓN

En el marco de la Etapa de Evaluación de Proyectos actualmente en curso, el jueves 11 de mayo próximo concluye el plazo legal establecido en la Ley N°19.995 y en el Decreto Supremo N°211 de 2005 del Ministerio de Hacienda, para que los siete gobiernos regionales y quince concejos municipales de las regiones II, III, VIII, IX, X, XI y XII del país llamados a pronunciarse, emitan los informes correspondientes. 

En la ley y normativa se encuentra estipulado cuáles son los roles que deben cumplir los señalados órganos autónomos y representativos del interés de las regiones y comunas; y también el carácter de los informes que deben emitir el Servicio Nacional de Turismo (SERNATUR) y el Ministerio del Interior. El viernes 12 de mayo se cumple el plazo máximo legal de diez días hábiles para que el Ministerio del Interior emita los 31 informes correspondientes, respecto a las consideraciones de seguridad y orden público de cada lugar de emplazamiento propuesto y de su entorno inmediato. Por su parte, el lunes 15 de mayo concluye el plazo legal para que el SERNATUR emita también 31 informes sobre la calidad de territorio turísticamente consolidado o de claro potencial turístico que reúna el territorio o comuna del casino de juego cuyo permiso de operación se solicita.

Durante la Etapa de Evaluación en curso, no corresponde que la SCJ se pronuncie sobre los informes que deben emitir otros organismos llamados por la Ley N°19.995 a informar conforme a las materias que les corresponden respecto de los proyectos concursantes en las comunas de Antofagasta, Calama, Copiapó, Los Ángeles, Pinto, Talcahuano, Concepción, Hualpén, San Pedro de La Paz, Temuco, Valdivia, Osorno, Castro, Coyhaique y Punta Arenas. 

Legalmente, la Superintendencia está facultada para ponderar hasta 1.300 puntos por proyecto, y el Superintendente Francisco Javier Leiva tiene como plazo máximo legal el 1 de junio próximo para presentar ante el Consejo Resolutivo los proyectos que alcancen al menos 1.200 puntos sobre un total de 2.000, junto con una propuesta de otorgamiento de permisos por región. Finalmente, este órgano resolutivo con un periodo de 60 días corridos para otorgar o denegar los correspondientes permisos de operación, los cuales concluyen el 1 de agosto próximo.

Rol de gobiernos regionales y de municipalidades

En lo que atañe a los informes a emitir por los gobiernos regionales, la SCJ ha informado desde 2005 que conforme a lo establecido en la normativa que rige el proceso, deben circunscribirse al mérito de cada comuna de emplazamiento propuesta por la sociedad solicitante para la instalación del casino de juego, así como al impacto de dicho emplazamiento en la Estrategia de Desarrollo Regional. Asimismo, pueden informar cualquier antecedente que afecte la viabilidad del proyecto, ya sea en lo que respecta a regulaciones propias de la zona, u otros que sirvan de base para el pronunciamiento favorable o desfavorable. Conforme a la normativa, los informes favorables de los gobiernos regionales serán ponderados por la SCJ con 300 puntos, mientras que los desfavorables obtendrán cero puntos.

Por su parte, las municipalidades deben circunscribir sus pronunciamientos al impacto y efectos que cada proyecto postulado pueda provocar en el desarrollo de la comuna, en particular desde las perspectivas social, económica y turística. Ello, sin perjuicio de informar acerca de cualquier antecedente que pueda afectar su viabilidad, como el plano regulador comunal, o cualquier otro que sirva de fundamento para el pronunciamiento favorable o desfavorable. En lo que concierne a las ponderaciones, tampoco existen alternativas intermedias debido a que la SCJ debe asignar 150 puntos a los informes favorables y cero puntos a los desfavorables.

(Información detallada en archivo adjunto)