SCJ INFORMA PRESENTACIÓN DE SOLICITUD DE PRÓRROGA DE PLAZOS (TEMUCO)

La Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ) recibió una nueva solicitud de prórroga de plazos para la entrega definitiva de las obras del proyecto integral de Casino de Juegos Temuco S.A. (Fischer), correspondiente a 117 días. La sociedad operadora solicita que, tanto para el casino de juego como para las demás obras adicionales, se le conceda una ampliación de plazos adicional al autorizado por la SCJ en octubre de 2007. 

En su presentación, la sociedad operadora indica que, luego de la aprobación de la modificación de proyecto en agosto de 2007, éste debió ser sometido al sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) y a la elaboración de un nuevo Estudio de Impacto en el Sistema de Transporte Urbano (EISTU), permisos que al ser aprobados a fines de febrero pasado afectaron el avance y desarrollo de las obras. 

Cabe recordar que, la autorización de la solicitud de modificaciones del proyecto que actualmente se construye en Temuco por parte de la SCJ, significó un aumento de la inversión total de 10,2% -$ 2.792 millones-, y de la superficie construida de 3,3% -1.149 m2 aproximadamente-. Posteriormente, en septiembre del año pasado, Casino de Juegos Temuco S.A. requirió la autorización de una prórroga de 240 días para la entrega definitiva de obras de su proyecto integral de casino de juego. Luego del análisis de los antecedentes presentados, la SCJ la autorizó el 20 de octubre de 2007 a la sociedad operadora para prorrogar por 120 días la entrega definitiva de las obras de su proyecto integral de casino de juego. 

Actualmente, la SCJ se encuentra evaluando los antecedentes entregados en el nuevo requerimiento de prórroga de plazos por 117 días, y la resolución que adopte será oportuna y públicamente informada. Como se ha informado, la Ley N°19.995 permite que las sociedades operadoras soliciten a la SCJ la aprobación de modificaciones de proyectos, y de prórrogas de plazos, conforme a razones fundadas y por un periodo que no puede exceder un tercio de los plazos comprometidos originalmente en el plan de operación de cada proyecto (artículos 28, Ley N°19.995; y 37, D.S. N°211).

(Información detallada en archivo adjunto)