SUPERINTENDENCIA DE CASINOS DE JUEGO AUTORIZA OPERACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE JUEGOS DE AZAR EN NAVE EXTRANJERA

La Superintendencia de Casino de Juego (SCJ) autorizó a la sociedad Agencias Universales S.A. (AGUNSA) para que la nave mercante extranjera Crystal Serenity opere y explote juegos de azar en aguas sometidas a la jurisdicción nacional, inscribiéndola en el Registro de Naves Mercantes Mayores Extranjeras del organismo.

La autorización -que tiene una duración de cinco años-, se realizó luego de que la Superintendencia constatara que dicha nave cumple con las exigencias establecidas en la normativa legal y reglamentaria vigente, especialmente en cuanto a que “Crystal Serenity” cuenta con la autorización para navegar en aguas sometidas a la jurisdicción nacional, otorgada por la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante. 

Además, la nave cuenta con servicios de hotelería, restaurante y de atención de público a bordo y tiene entre sus funciones el transporte de pasajeros con fines turísticos; y su circuito tiene una duración no inferior a tres días y contempla un recorrido de, a lo menos, 500 millas náuticas, comprendido entre Coquimbo y Cabo de Hornos.

Sin perjuicio de la autorización, se debe considerar que de acuerdo con lo establecido en el inciso 2° del artículo 63 ter de la Ley N° 19.995, el operador de juegos de azar autorizado por la Superintendencia, deberá suspender el funcionamiento de los referidos juegos durante el atraque de la nave en los puertos nacionales y mientras se encuentre en una distancia inferior a las tres millas de tales puertos.

Cabe recordar que para inscribirse en el Registro de la Superintendencia, el operador de la nave deberá presentar una solicitud de autorización, junto con los siguientes antecedentes debidamente traducidos al idioma español, en los casos en que sea necesario:

• Documentos que acrediten una antigüedad de, a lo menos, tres años del operador de juegos de azar.

• Documentos que comprueben la existencia y vigencia del operador de juegos de azar.

• Los tres últimos balances y estados financieros del operador de juegos de azar.

La solicitud de autorización y toda la documentación requerida, deberá presentarse con 30 días de anticipación al inicio de la explotación de los juegos de azar en aguas sometidas a la jurisdicción nacional, en las oficinas de la Superintendencia de Casinos de Juego.