SUPERINTENDENTE DE CASINOS DE JUEGO INICIA FISCALIZACIÓN DE CUMPLIMIENTO DEL PROYECTO DE CASINO GRAN LOS ÁNGELES S.A. (CASINOS AUSTRIA)
Hoy el Superintendente de Casinos de Juego, Francisco Javier Leiva, junto con su equipo fiscalizador de obras, realizó la primera visita inspectiva de la Etapa de Verificación de Cumplimiento de Proyecto, previa al inicio de las operaciones del casino de juego de Los Ángeles. Durante la visita, la autoridad reguladora afirmó que “las visitas inspectivas para la certificación de las obras abarcan variados aspectos relativos a la construcción, funcionamiento del casino de juego y a los procedimientos para el desarrollo de juegos de azar”.
Cabe recordar que para la entrega definitiva del hotel de 4 estrellas con 90 habitaciones, el centro de convenciones y business center, el spa y gimnasio, y las dos cafeterías, Casino Gran Los Ángeles S.A. cuenta con un plazo que vence el 29 de julio de 2009.
En su visita, el Superintendente aseguró que “por ahora, sólo es factible verificar que la sociedad haya finalizado la implementación de la sala de juego, ya que hasta la semana pasada no había sido concluida. Paralelamente, estamos analizando la documentación ya entregada que exigen la ley y normativa vigentes, pero además estamos solicitando aquella que la sociedad operadora sabe que aún debe remitirnos”.
La actual etapa final se inició el 28 de mayo pasado, cuando Casino Gran Los Ángeles S.A. (Casinos Austria) informó a la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ) haber terminado las obras del casino y encontrarse en condiciones para comenzar su funcionamiento. Abarca un período máximo legal de 30 días, durante los cuales la SCJ constata en terreno el efectivo término de las obras y cumplimiento de las obligaciones legales y reglamentarias. El Superintendente enfatizó que “para iniciar sus actividades la sociedad operadora debe cumplir con la totalidad de las obligaciones legales y reglamentarias, y también con las características del proyecto comprometidas en julio de 2006 con Los Ángeles y la Región del Bío-Bío”.
Si la SCJ observa incumplimientos durante esta etapa, lo informará públicamente y emitirá una resolución a la sociedad operadora, indicando además el plazo existente para subsanar las deficiencias detectadas. Luego de ello, nuevamente la sociedad deberá solicitar que la SCJ efectúe una revisión en terreno para que corrobore que efectivamente se han corregido las observaciones.
Sólo una vez que la SCJ emita el Certificado de Autorización para el Inicio de Operaciones, la sociedad operadora quedará autorizada para la puesta en marcha de la operación del casino de juego.
(Aspectos fiscalizados en archivo adjunto)